Micelio

Artículo 10

La Publicación Se Hará A Costa Del Interesado Y Deberá Contener: 1

Decreto 320 de 1970 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La publicación se hará a costa del interesado y deberá contener

1.

Nombre completo del solicitante, documento de identificación, domicilio y dirección.

2.

Tribunal ante el cual se tramita la solicitud.

3.

Universidad que expidió el titulo y fecha del mismo.

4.

Término para presentar oposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 320 de 1970