Micelio

Artículo 106

° Cuando El Calificado Tenga En El Año Dos O Más Calificaciones, Para Obtener El Promedio Total Se Procede Así: Se Multiplica El Promedio De Cada Calificación Por El Número De Meses Que Ella Abarca; Los Productos Obtenidos Se Suman Y El Resultado Se Divide Por El Número Total De Meses Que Comprendan Las Dos O Más Calificaciones

Decreto 1833 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre calificación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando el calificado tenga en el año dos o más calificaciones, para obtener el promedio total se procede así: Se multiplica el promedio de cada calificación por el número de meses que ella abarca; los productos obtenidos se suman y el resultado se divide por el número total de meses que comprendan las dos o más calificaciones. Ejemplo: El calificado ha obtenido en diez (10) meses una calificación con un promedio de cuatro punto cinco (4.5) y otra de dos punto cinco (2.5) en los dos (2) meses siguientes, se actúa así: Se multiplica 4.5 x 10 = 45 Se multiplica 2.5 x 2 = 5 50 El anterior resultado se divide por el número de meses. 50 -h- 12 = 4.166

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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