ARTICULO 98. La Subdirección de Programación y Evaluación tiene las siguientes funciones
Proponer a la Dirección General de Planeación la política de financiación del plan sectorial;
Gestionar los fondos necesarios para la puesta en marcha de las diferentes alternativas consideradas en la definición del plan;
Diseñar, en concordancia con la Subdirección de Análisis y Política Sectorial, la metodología de evaluación económica y financiera para la selección de alternativas;
Identificar, proponer y adelantar los trámites para la consecución de las diferentes fuentes de financiación;
Participar en la definición de la política y del plan sectorial;
Orientar el diseño de la metodología requerida para la formulación del presupuesto del Ministerio y sus entidades adscritas y vinculadas, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia;
Aprobar los indicadores para el adecuado seguimiento y control presupuestal, de conformidad con las disposiciones vigentes;
Dirigir la programación del gasto público sectorial, en colaboración con las entidades adscritas y vinculadas, bajo la orientación y coordinación de la Dirección General de Planeación;
Orientar los estudios tendientes a determinar la incidencia del Programa Nacional de Ingresos y de Gastos Públicos y en el Plan de Inversión Pública Sectorial;
Coordinar, de acuerdo con las demás dependencias y bajo las orientaciones del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio en la preparación anual de los requerimientos presupuestales y en la elaboración del presupuesto de inversión pública sectorial y proponer los ajustes que considere necesarios;
Determinar para cada año fiscal los recursos para financiar los gastos de inversión y de funcionamiento del sector, su distribución por entidad y por programa, y elaborar el concepto correspondiente;
Coordinar a las entidades del sector en la elaboración de los ajustes periódicos al programa de inversión pública sectorial, y proponer las modificaciones que considere necesarias;
Presentar al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la programación presupuestal del Ministerio y de sus entidades adscritas y vinculadas;
Conceptuar desde el punto de vista financiero sobre las solicitudes de contratación de crédito externo, interno y operaciones de cooperación financiera internacional que presenten las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, y rendir los informes correspondientes; ñ) Dirigir la evaluación y controlar la ejecución del presupuesto sectorial y formular las recomendaciones a que haya lugar;
Asesorar en aspectos presupuestales y financieros a los representantes del Ministerio en las Juntas Directivas de las entidades adscritas y vinculadas al mismo. División de Programación.