Conformación del Comité Nacional del Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac). El Comité Nacional para el Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac), estará conformado por:
El viceministro (a) de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, o su delegado (a);
El viceministro (a) de Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional, o su delegado (a);
El viceministro (a) de los Patrimonios, las Memorias y Gobernanza Cultural del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, o su delegado (a);
El viceministro (a) de las Artes y la Economía Cultural y Creativa del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, o su delegado (a);
El viceministro (a) de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo, o su delegado (a);
El viceministro (a) del Talento y Apropiación Social del Conocimiento del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, o su delegado (a);
Un (a) (1) designado (a) del Consejo Nacional de Cultura;
Un (a) (1) representante de los subsistemas locales;
Serán invitados permanentes a las sesiones del Comité Nacional del Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac), con voz, pero sin voto, los representantes de las siguientes entidades:
El director (a) de Formación Profesional del SENA o su delegado (a);
El director (a) del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo o su delegado (a);
Un (a) representante de las Secretarías de educación municipales y distritales;
Un (a) representante de las Secretarías de educación departamentales;
Un(a) representante de las Secretarías o de las entidades encargadas de cultura en el nivel municipal o distrital;
Un (a) representante de las Secretarías de cultura o de las entidades encargadas de cultura en el nivel departamental.
A las sesiones del Comité Nacional del Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac), podrán ser invitados, con derecho a voz, pero sin voto, los representantes de otras entidades públicas o privadas, representantes de organismos y gremios del sector privado nacional e internacional, asesores, expertos y demás personas naturales o jurídicas, según estimen conveniente los miembros del Comité.
El Comité Nacional para el Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac) será presidido por el viceministro (a) de las Artes y la Economía Creativa y Cultural del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o su delegado. Ante vacancia de este será presidido por el viceministro (a) de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, o su delegado.
Para el funcionamiento y operatividad del Comité Nacional para el Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac), se conformará una mesa técnica de apoyo interministerial entre las carteras de Educación Nacional y las Culturas, las Artes y los Saberes, encargada de consolidar la coordinación interinstitucional entre el sistema nacional y los subsistemas locales.
Los delegados o delegadas de los miembros del Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac) que asistan en lugar del funcionario titular, deberán ser funcionarios del nivel directivo o asesor.
TEXTO CORRESPONDIENTE A