º Crear la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño, con sede en el Municipio de Rionegro, Antioquia y jurisdicción en los Municipios de: Abejorral, Alejandría, Argelia, Carmen de Viboral, Cocorná, Concepción, Granada, Guarne, Guatapé, La Ceja, La Unión, Marinilla, Nariño, El Peñol, Puerto Nare, Puerto Triunfo, Retiro, Rionegro, San Carlos, San Luis, San Rafael, San Vicente, Santuario y Sonsón.
Artículo 1
Crear La Cámara De Comercio Del Oriente Antioqueño, Con Sede En El Municipio De Rionegro, Antioquia Y Jurisdicción En Los Municipios De: Abejorral, Alejandría, Argelia, Carmen De Viboral, Cocorná, Concepción, Granada, Guarne, Guatapé, La Ceja, La Unión, Marinilla, Nariño, El Peñol, Puerto Nare, Puerto Triunfo, Retiro, Rionegro, San Carlos, San Luis, San Rafael, San Vicente, Santuario Y Sonsón
Decreto 1411 de 1987 · por el cual se crea la Cámara De Comercio del Oriente Antioqueño con sede en el municipio de Rionegro, Antioquia, se designa la Junta Directiva y se fija su jurisdicción.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.