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Artículo 1

Del Decreto 0243 De 3 De Febrero De 1951, Es Entendido Que Si El Litigante Hace El Pago De-Las Costas O Su Consignación Antes De Que Se Le Resuelvan Sus Peticiones, Debe Ser Oído

Decreto 1265 de 1954 · Por el cual se interpreta el Decreto número 0243 de 3 febrero de 1951

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. En el caso del

Parágrafo único

del artículo 2º del Decreto 0243 de 3 de febrero de 1951, es entendido que si el litigante hace el pago de-las costas o su consignación antes de que se le resuelvan sus peticiones, debe ser oído.

Parágrafo

Artículo 2 DECRETO 243 de 1951

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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