La Dirección Ejecutiva de la Corporación estará a cargo de un Director que deberá ser un profesional de amplia y reconocida experiencia en la técnica de organización y manejo de empresas. Su remuneración, incompatibilidades y responsabilidad serán señaladas en el decreto reglamentario de la presente Ley; su cargo será incompatible con el ejercicio de toda otra clase de funciones públicas o actividades privadas. El Director Ejecutivo será el representante legal de la Corporación, su primera autoridad ejecutiva y tendrá el carácter de agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción.
Ley 13 de 1973 →Vigente
Artículo 9
Ley 13 de 1973 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.