Micelio

Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1975, En La Cantidad De $ 4

Decreto 820 de 1975 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1975, en la cantidad de $ 4.750.000.00

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1975, en la cantidad de $ 4.750.000.00 (cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos m/cte.), de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión Directa Programa 06 Construcción de otras Carreteras Artículo 22. Estudios, Construcción, Reconstrucción y pavimentación de otras carreteras $ 4.750.000.00 Proyecto 7.Tacueyó-Belalcázar $ 3.500.000.00 Proyecto 26. Sardinata-Las Mercedes $ 1.250.000.00 Suman los Gastos $ 4.750.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 820 de 1975