La dirección administrativa, financiera y técnica del instituto estará a cargo de un consejo directivo y de un gerente general forman el consejo directivo: a) un delegado del presidente de la república; b) el ministro de trabajo, o un delegado suyo; c) el director nacional de salubridad, o un delegado suyo; d) un representante de la academia nacional de medicina; e) un representante de los pensionados; f) dos representantes de los asegurados; g) dos representantes de los patronos, y h) un representante de la federación médica colombiana.
Parágrafo . Los miembros del consejo a que se refieren los apartes e), f) y g) de este Artículo serán elegidos por las entidades representativas de los respectivos gremios para periodos de tres (3) años, en la forma que los reglamentos determinen. Vigente desde: 26/12/1946 y hasta el: 26/03/1971