°. Modifíquese el artículo 9° del Decreto 2975 de 2004, el cual quedará así: “ Artículo 9°. Aprobación y ejecución de nuevos planes de premios . Antes del 20 de noviembre de 2004, los órganos directivos competentes deberán aprobar los planes de premios con sujeción a lo dispuesto en el presente decreto. Dichos planes se ejecutarán a partir del 1° de enero de 2005”.
Decreto 3367 de 2004 →Vigente
Artículo 1
Modifíquese El Artículo 9° Del Decreto 2975 De 2004, El Cual Quedará Así: “ Artículo 9°
Decreto 3367 de 2004 · por el cual se modifica el artículo 9° del Decreto 2975 de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.