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Artículo 2

Modificación De Las Funciones De La Subgerencia Administrativa

Decreto 1798 de 2023 · por el cual se modifica la estructura de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial - ENTerritorio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación de las funciones de la Subgerencia Administrativa . Modificar el artículo 10 del Decreto número 288 de 2004, el cual quedará así: “Artículo 10. Subgerencia Administrativa . Son funciones de la Subgerencia Administrativa las siguientes: 10.1. Asesorar al Gerente del Fondo en la formulación de las políticas, planes y programas en lo relacionado con la administración del talento humano y dirigir y controlar su implementación de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. 10.2. Asesorar al Gerente del Fondo en la formulación de las políticas, planes y programas relacionados con la administración de los recursos físicos e informáticos necesarios para el funcionamiento del Fondo y la ejecución de los programas del mismo. 10.3. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos, al igual que aquellas que rigen el funcionamiento del Fondo. 10.4. Trazar las políticas y programas de administración, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión. 10.5. Preparar para la firma del Gerente del Fondo los informes que solicite la Contraloría General de la República y otros organismos de control. 10.6. Atender las quejas o reclamos que presenten los funcionarios o ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en el Fondo, evaluar la magnitud de las fallas y dar traslado, en caso que lo amerite, a la autoridad competente. 10.7. Diseñar y ejecutar, en coordinación con el Grupo de Control Disciplinario Interno, las medidas, los programas y las estrategias de divulgación encaminadas a fortalecer una cultura organizacional orientada a la prevención, la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y, General Disciplinario. 10.8. Elaborar los estudios y presentar propuestas sobre la organización y desarrollo administrativo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos, desconcentración de funciones y demás asuntos relacionados con la gestión y métodos de trabajo. 10.9. Dirigir y coordinar los procesos para la aplicación oportuna, ágil y eficaz del sistema de pagos que aplica el Fondo. 10.10. Formular e implementar estrategias de comunicación interna, externa y publicitaria en el Fondo. 10.11. Las demás que le sean asignadas”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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