Micelio

Artículo 7

Vinculación Extraordinaria Y Aportes A La Opción Fiducia

Decreto 1389 de 2026 · Por el cual se adopta la dfñ5ras Impuestos para la Reconstrucción en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado por el Decreto 1348 de 2026

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Durante la vigencia del presente decreto, los contribuyentes podrán presentar manifestaciones de interés y solicitudes de vinculación a los proyectos incluidos en el Banco de Proyectos de Obras por Impuestos para la Reconstrucción, mediante las opciones previstas en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y en el artículo 800-1 del Estatuto Tributario.

El Manual Operativo de Obras por Impuestos para la Reconstrucción establecerá las fechas, procedimientos, requisitos y demás condiciones operativas para el desarrollo de las ventanas de vinculación extraordinarias, dentro del término previsto en el presente decreto.

Para la opción prevista en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, los contribuyentes podrán efectuar aportes anticipados a la fiducia con cargo al impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente al año gravable en curso. El valor aportado no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del impuesto a cargo determinado en la declaración correspondiente al año gravable inmediatamente anterior.

Al momento de presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente al año gravable en curso, el valor susceptible de imputación no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del impuesto a cargo determinado en dicha declaración. Cuando los recursos aportados excedan este límite, la diferencia podrá imputarse al período gravable siguiente, sin superar, en ningún caso, el cincuenta por ciento (50%) del impuesto a cargo determinado para ese período.

Las solicitudes de vinculación presentadas dentro de las ventanas extraordinarias previstas en este artículo se entenderán presentadas oportunamente para todos los efectos legales, aun cuando haya vencido el término establecido en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 para la selección del proyecto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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