Micelio

Artículo 2.2.17.4.1

Obligaciones Del Ministerio De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. De conformidad con el numeral 2, literal a. del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, y con el fin de garantizar el acceso y la implantación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones desde la puesta en marcha de los servicios ciudadanos digitales el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones realizará las siguientes actividades:

1.

Expedir y publicar: i) La Gura de lineamientos de los servicios ciudadanos digitales; y ii) La Gura para vinculación y uso de los servicios ciudadanos digitales.

2.

Realizar el seguimiento a la prestación de los servicios ciudadanos digitales por parte del Articulador.

3.

Monitorear los indicadores de calidad del Articulador.

4.

Diseñar y desarrollar estrategias de comunicación y difusión que permitan dar a conocer los beneficios, condiciones. derechos, obligaciones y deberes y demás información relacionada con el uso de los servicios ciudadanos digitales.

5.

Verificar que las entidades públicas cumplan con los lineamientos de la sede electrónica definidos en el presente título, para efectos de su integración con los servicios ciudadanos digitales.

6.

En el marco de sus competencias y funciones revisar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Articulador de los servicios ciudadanos digitales.

7.

En virtud del artículo 18.2 la Ley 1341 de 2009, realizar el control de las actividades relacionadas con la prestación de servicios ciudadanos digitales.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.17.4.1. Política de uso y aprovechamiento de los servicios ciudadanos digitales. Corresponde al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fijar la política de uso y aprovechamiento de los servicios ciudadanos digitales en el marco del desarrollo de los componentes de la Estrategia de Gobierno en Línea.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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