Micelio

Artículo 1

Decreto 2483 de 1944 · Por el cual se suspenden y modifican unas medidas de orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Derógase en todas sus partes el Decreto número 1633 de 1944. De consiguiente, podrá circular libremente toda clase de impresos; tampoco se requiere permiso de la autoridad política para el uso de las telecomunicaciones en todo el país, las cuales, con excepción de la radiodifusión, se regirán por las leyes y decretos vigentes antes del estado de sitio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2483 de 1944