Micelio

Artículo 2

Ley 12 de 1979 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la ciudad de Armenia (Departamento del Quindío), y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase una Junta Central que organizará la celebración del centenario de la ciudad y se encargará de vigilar, promover y agilizar el cumplimiento de esta Ley.

Parágrafo

La Junta Central estará integrada de la siguiente manera:

Un representante del Presidente de la República;

Un delegado o delegada del Ministerio de Educación Nacional;

Un delegado o delegada del Ministerio de Salud Pública;

Un delegado o delegada del Ministerio de Desarrollo Económico;

Un delegado o delegada del Ministerio de Obras Públicas;

El Gobernador del Departamento del Quindío, quien la presidirá;

El Alcalde y el Presidente del Consejo de la ciudad de Armenia;

El Gerente de la Lotería del Centenario de Armenia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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