°. Composición. La composición de los Consejos de Programas Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación, será determinada por el Departamento Administrativo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación - Colciencias, en la forma establecida en el numeral 15, del artículo 7° de la Ley 1286 de 2009, para lo que tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto 585 de 1991.
Decreto 2610 de 2010 →Vigente
Artículo 3
Composición
Decreto 2610 de 2010 · Por el cual se reglamentan los Consejos de los Programas Nacionales, a los que se refiere el artículo 7° de la Ley 1286 de 2009 sobre Ciencia, Tecnología e Innovación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.