º El expresado Departamento hará entrega de la obra al Ministerio de Obras Públicas, con los planos, maquinaria, materiales, herramientas y demás elementos que haya adquirido con fondos nacionales, mediante inventario pormenorizado. Igualmente, el Tesorero General del citado Departamento depositará en la Caja Principal de la expresada Zona, los fondos que tenga en su poder proveniente de los giros hechos por el Ministerio de Obras Públicas, con destino a tal obra. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2134 de 1947 →Vigente
Artículo 2
El Expresado Departamento Hará Entrega De La Obra Al Ministerio De Obras Públicas, Con Los Planos, Maquinaria, Materiales, Herramientas Y Demás Elementos Que Haya Adquirido Con Fondos Nacionales, Mediante Inventario Pormenorizado
Decreto 2134 de 1947 · por el cual se subroga el Decreto número 1581 de 1946.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.