Micelio

Artículo 1

Ley 47 de 1966 · Por la cual se crea y organiza el Departamento de Sucre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Créase el Departamento de Sucre, formado por el Territorio de los Municipios de Sincelejo, Palmito, Tolúviejo, Tolú, San Onofre, Colosó (Ricaurte), Sampués, San Benito Abad, San Marcos, Caimito, Sucre, Majagual, San Pedro Ovejas, Morroa, Corozal y Sincé, que forman parte hoy del territorio del Departamento de Bolívar, con los límites que tienen actualmente los mencionados Municipios.

Parágrafo

La capital del Departamento de Sucre será la ciudad de Sincelejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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