Micelio

Artículo 4

Para Ser Juez Superior De Policía Se Requieren Las Mismas Condiciones Que Para Ser Juez De Circuito, O Haber Desempeñado, Por Lo Menos, Tres Años El De Juez Nacional De Policía De Bogotá Y Ser Abogado Titulado

Decreto 2287 de 1947 · por el cual se adiciona el Decreto número 105 de 1947, se establece un Juzgado Superior de Policía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para ser Juez Superior de Policía se requieren las mismas condiciones que para ser Juez de Circuito, o haber desempeñado, por lo menos, tres años el de Juez Nacional de Policía de Bogotá y ser abogado titulado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2287 de 1947