º Para ser Juez Superior de Policía se requieren las mismas condiciones que para ser Juez de Circuito, o haber desempeñado, por lo menos, tres años el de Juez Nacional de Policía de Bogotá y ser abogado titulado.
Decreto 2287 de 1947 →Vigente
Artículo 4
Para Ser Juez Superior De Policía Se Requieren Las Mismas Condiciones Que Para Ser Juez De Circuito, O Haber Desempeñado, Por Lo Menos, Tres Años El De Juez Nacional De Policía De Bogotá Y Ser Abogado Titulado
Decreto 2287 de 1947 · por el cual se adiciona el Decreto número 105 de 1947, se establece un Juzgado Superior de Policía y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.