Micelio

Artículo 5

Modifícase El Artículo 1° Del Decreto 1048de 2006, El Cual Quedará Así: "en El Marco De La Asunción De Las Obligaciones De Pago Derivadas Del Contrato De Explotación En Los Términos De La Ley 1509 De 2012 Y De Conformidad Con Lo Previsto En El Parágrafo 2° Del Artículo 3° De La Ley 651 De 2001, Corresponde Al Consejo Superior De Política Fiscal - Confis Avalar Las Condiciones De Plazo Y Amortización Del Pagaré Del Pasivo Pensional De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Telecom, En Liquidación, Atendiendo A Las Reales Posibilidades De Pago Que Surjan De La Explotación De Los Activos De La Entidad Liquidada

Decreto 402 de 2012 · por el cual se reglamenta la Ley 1509 de 2012, "por la cual se autoriza a la Nación a capitalizar a Colombia Telecomunicaciones S. A. E.S.P" y se modifica el artículo 10 del Decreto 1048 de 2006, "por medio del cual se expiden disposiciones en relación con el pasivo pensional de Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el artículo 1° del Decreto 1048de 2006, el cual quedará así: "En el marco de la asunción de las obligaciones de pago derivadas del contrato de explotación en los términos de la Ley 1509 de 2012 y de conformidad con lo previsto en el

Parágrafo 2

del artículo 3° de la Ley 651 de 2001, corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal - Confis avalar las condiciones de plazo y amortización del pagaré del pasivo pensional de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, en liquidación, atendiendo a las reales posibilidades de pago que surjan de la explotación de los activos de la entidad liquidada. Para el efecto, el Confis tendrá en cuenta las capacidades reales de pago de los activos objeto del contrato de explotación, de acuerdo con las valoraciones financieras adoptadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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