Micelio

Artículo 5

Si Al Ser Promovido O Trasladado Un Empleado A Cargo Ubicado En Diferente Categoría Cuyo Sueldo De Ingreso Sea Inferior Al Adquirido Por Motivo De Prima De Antigüedad, El Empleado Continuará Devengando La Remuneración Alcanzada Y Sobre Ésta Se Computarán Los Aumentos Por Concepto De Dicha Prima

Decreto 242 de 1972 · Por la cual se determina la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Si al ser promovido o trasladado un empleado a cargo ubicado en diferente categoría cuyo sueldo de ingreso sea inferior al adquirido por motivo de prima de antigüedad, el empleado continuará devengando la remuneración alcanzada y sobre ésta se computarán los aumentos por concepto de dicha prima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 242 de 1972