Micelio

Artículo 6

Los Agentes De Correos Y Telégrafos, Tendrán Derecho A Una Comisión Equivalente Al 5% Sobre Los Recaudos Por Venta De Especies O Recibo De Telegramas

Decreto 1447 de 1953 · Por el cual se autoriza al Ministerio de Comunicaciones para establecer Agencias de correos y Telégrafos

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Agentes de Correos y Telégrafos, tendrán derecho a una comisión equivalente al 5% sobre los recaudos por venta de especies o recibo de telegramas. Se entiende como valor de la compra, el nominal de las especies vendidas. El servicio de especies exigirá a los Administradores Principales de Correos y Agentes Postales Nacionales, comprobantes fehacientes del monto de la venta hecha con descuentos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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