o. De conformidad con los artículos 31 y 39 de la Ley 1837 de 2017, adicionalmente, efectúense los siguientes traslados en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2017: NOTA: POR SU EXTENSION LAS TABLAS DEL PRESENTE ARTÍCULO PUEDEN SER CONSULTADAS EN EL SIGUIENTE ENLACE
De conformidad con lo establecido en el
del artículo 39 de la Ley 1837 de 2017, las operaciones de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y del Instituto Nacional de Vías se registrarán en el SIIF, una vez la ANI cuente con la autorización de reprogramación de vigencias futuras por parte del CONFIS.