Micelio

Artículo 7

Corresponde A Los Jefes De Las Misiones Diplomáticas, Tanto De Las Permanentes Como De Las Ocasionales, Dirigir El Cumplimiento De Las Funciones A Que Se Refiere El Artículo Anterior Y Mantener El Control Y La Disciplina Necesarios En La Marcha Interna De La Misión; Y A Los Subalternos, Guardar Lealtad Y Obediencia A Las Instrucciones De La Cancillería Y A Las Del Jefe Respectivo

Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Corresponde a los Jefes de las misiones diplomáticas, tanto de las permanentes como de las ocasionales, dirigir el cumplimiento de las funciones a que se refiere el artículo anterior y mantener el control y la disciplina necesarios en la marcha interna de la misión; y a los subalternos, guardar lealtad y obediencia a las instrucciones de la Cancillería y a las del Jefe respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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