Despacho de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General las siguientes
Asesorar al Ministro en la, formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros del Ministerio y del Fondo Rotatorio.
Velar por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y el manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros del Ministerio, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales vigentes.
Dirigir las actividades de seguridad industrial, la de administración de personal, las relaciones laborales y la planta de personal del Ministerio, de acuerdo con las políticas del Ministerio y las normas legales vigentes establecidas sobre estas materias. 4 Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la administración de recursos físicos y financieros garantizando el apoyo al correcto funcionamiento del Ministerio. 5. Programar y adelantar los procesos de licitación, contratación, adquisición almacenamiento, custodia y adquisición de bienes y materiales, 6. Administrar el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. 7. Proponer y ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal del Ministerio y su Fondo Rotatorio. 8. Coordinar con la Oficina de Planeación la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Inversión del Ministerio, y con todas las dependencias el proyecto de presupuesto del Ministerio, así como el de funcionamiento e inversión del Fondo Rotatorio. 9. Coordinar y controlar la adecuada prestación de los servicios generales para el correcto funcionamiento del Ministerio incluido su archivo general. 10. Dirigir y controlar el procesamiento electrónico de datos, así como la sistematización integral de la información y controlar el mantenimiento y actualización de aplicaciones y programas. 11. Coordinar el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo de conformidad con el artículo 19 de la Ley 489 de 1998, efectuar el seguimiento de los planes de desarrollo administrativo de las entidades adscritas y vinculadas y presentar el plan de acción respectivo. 12. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza le sean afines a las ya descritas.