Son funciones del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, las siguientes:
Organizar dirigir y administrar el reconocimiento y pago de las cesantías de los empleados públicos de la Contraloría.
Expedir los reglamentos generales que en materia de crédito de educación, salud y vivienda desarrolle, de conformidad con las normas legales y reglamentarias.
Expedir los reglamentos generales para la atención de las prestaciones a su cargo, de conformidad con las normas legales y reglamentarias.
Atender los requerimientos que en materia de vivienda formulen los empleados de la Contraloría General de la República.
Realizar las inversiones que le permitan servir oportunamente los objetivos propios y le garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez.
Otorgar los créditos aprobados por la Junta Directiva del Fondo.
Cancelar las cesantías parciales y definitivas a las empleados y ex-empleados de la entidad.
Elaborar y ejecutar los programas de asistencia social para los empleados y sus familias.
Elaborar y ejecutar programas recreativos y culturales para los funcionarios de la Contraloría General de la República y sus familias.
Establecer los planes educativos que debe desarrollar el Colegio para hijos de empleados.
Las demás que le sean asignadas por la ley.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, la Contraloría General de la República podrá destinar recursos de su presupuesto, para la ejecución directa de planes y programas o el desarrollo de actividades de bienestar social para los servidores de la entidad, lo cual realizará en coordinación con el Fondo de Bienestar Social.