Micelio

Artículo 42

Decreto 1646 de 1991 · por el cual se establece el Régimen Administrativo Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 42 . Etapas de los procesos disciplinarios. Son etapas generales del proceso ordinario las siguientes

a)

Investigación disciplinaria;

b)

Cargos y descargos;

c)

Evaluación y fallo. El proceso breve se adelantará en una forma especial de acuerdo a lo estipulado en el presente decreto. El procedimiento que se debe adelantar en los casos relacionados con el control de horario, será el mismo del proceso breve, pero se podrá imponer de acuerdo a las circunstancias y a la competencia, las sanciones relativas a faltas graves. El horario de trabajo y sus particularidades, será regulado mediante resolución por el Director de Impuestos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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