Micelio

Artículo 2.2.5.10.6.3

Participación De Mujeres Buscadoras En Espacios De Diálogo Para La Paz

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Participación de mujeres buscadoras en espacios de diálogo para la paz. El Gobierno nacional, a través del Ministerio del Interior y en articulación con la Oficina del Consejero Comisionado para la Paz, promoverá la participación de mujeres buscadoras en los espacios de diálogo, deliberación y construcción de paz, incluyendo el Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia, conforme a la normativa vigente y a los mecanismos de designación establecidos para los representantes de la sociedad civil.

Esta participación buscará fortalecer el enfoque de búsqueda en los debates estratégicos del Consejo, visibilizar la agenda de protección de derechos de las personas desaparecidas, sus seres queridos, y la garantía de una vida de violencias para las personas buscadoras desde un enfoque de género.

Parágrafo

Para este efecto, las plataformas de mujeres buscadoras serán invitadas a los espacios de elección de representantes de la sociedad civil, cuyo objeto sea la protección y defensa de los derechos de la mujer, de acuerdo con el Decreto Ley 885 de 2017.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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