° Los establecimientos oficiales de educación media y elemental funcionarán con un máximo de 50 alumnos por curso y un mínimo de 30.
Decreto 1997 de 1975 →Vigente
Artículo 1
Los Establecimientos Oficiales De Educación Media Y Elemental Funcionarán Con Un Máximo De 50 Alumnos Por Curso Y Un Mínimo De 30
Decreto 1997 de 1975 · Por el cual se determina el número de alumnos en los planteles oficiales de enseñanza elemental y media que funcionan en el país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.