Micelio

Artículo 9

Las Afiliaciones A Las Cajas De Compensación Familiar Que Efectúen Los Empleados En Virtud De Lo Dispuesto Por La Ley 69 De 1966 Y El Presente Decreto Deberán Ser Comunicadas A La Seccional Del Servicio Nacional De Aprendizaje (Sena) Correspondiente Al Domicilio Principal Del Empleador, Dentro Del Mismo Mes En Que Se Efectúe Tal Afiliación

Decreto 245 de 1967 · por el cual se reglamenta la Ley 69 de 1966.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las afiliaciones a las Cajas de Compensación Familiar que efectúen los empleados en virtud de lo dispuesto por la Ley 69 de 1966 y el presente Decreto deberán ser comunicadas a la Seccional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) correspondiente al domicilio principal del empleador, dentro del mismo mes en que se efectúe tal afiliación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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