°. Beneficios . Las víctimas de la violencia política tienen derecho a la asistencia en materia de salud con cargo a la subcuenta ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga-, dentro de los límites y condiciones previstos en el Decreto 3990 de 2007. El daño físico se extiende a las consecuencias psiquiátricas y psicológicas que este tipo de agresiones generan a las víctimas dentro de los límites y condiciones señalados en el Decreto 3990 de 2007.
Decreto 2973 de 2010 →Vigente
Artículo 2
Beneficios
Decreto 2973 de 2010 · por el cual se fijan los criterios para la prestación de los servicios de rehabilitación física y mental a las víctimas de la violencia política y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.