Recursos de terceros para la adquisición predial en el marco de Infraestructura para Proyectos Turísticos Especiales (PTE). De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 264 de la Ley 1955 de 2019, o la norma que la adicione, modifique o sustituya, los recursos para desarrollar los proyectos turísticos especiales o la infraestructura de estos pueden provenir de un tercero. Las reglas y el procedimiento en que se deben seguir en lo compatible para la concurrencia de terceros son las contenidas en el Decreto número 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.
Decreto 1074 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.4.10.7.2
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.