Micelio

Artículo 23

Decreto 2716 de 1994 · por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 30 del Decreto 1279 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las Asambleas de Delegados. Los estatutos podrán establecer que la Asamblea General de asociados sea sustituida por la Asamblea General de Delegados en los siguientes casos

1.

Cuando la realización de la Asamblea General de socios, se dificulte en razón del número de asociados que determinen los estatutos.

2.

Cuando su realización resultare desproporcionadamente onerosa en consideración a los recursos de la asociación.

Parágrafo

El número mínimo de delegados será de treinta (30) y se elegirán para el período y número previsto en los estatutos. La Junta Directiva reglamentará el procedimiento de elección, que en todo caso deberá garantizar la adecuada información y participación de los asociados. A la Asamblea General de Delegados le serán aplicables, en lo pertinente, las normas relativas a la Asamblea General de asociados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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