Art. 215. En tercería coadyuvante la polución que hace un tercero para que con el producto de los bienes embargados en una ejecución se le cubra un crédito que da acción personal sobre el ejecutado, o real sobre dichos bienes.
Ley 105 de 1890 →Vigente
Artículo 215
Ley 105 de 1890 · Sobre reformas a los procedimientos judiciales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.