Micelio

Artículo 1

La Carrera Judicial Y La Reglamentación Del Servicio En La Rama Jurisdiccional Y El Ministerio Publico, Corresponden A La Necesidad De Que La Justicia Se Imparta Pronta Y Cumplidamente, Por Magistrados Y Jueces Probos, Dignos Y Respetables, Con La Colaboración Diligente Del Ministerio Público, Y El Concurso De Empleados Capaces Y Moralmente Idóneos, Para Preservar La Majestad De Las Instituciones Y La Confianza De La Ciudadanía En El Derecho Y Afirmar La Vocación Republicana Y Democrática De La Nación

Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Carrera Judicial y la reglamentación del servicio en la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Publico, corresponden a la necesidad de que la justicia se imparta pronta y cumplidamente, por Magistrados y Jueces probos, dignos y respetables, con la colaboración diligente del Ministerio Público, y el concurso de empleados capaces y moralmente idóneos, para preservar la majestad de las instituciones y la confianza de la ciudadanía en el derecho y afirmar la vocación republicana y democrática de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 1970