Micelio

Artículo 3

º

Decreto 350 de 2000 · por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el período de elecciones en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Fijación de rutas . El Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el alcalde del municipio de Providencia y las autoridades de tránsito adoptarán las medidas necesarias para fijar rutas que garanticen la movilización y traslado de los ciudadanos a los centros de votación, las que se deberán dar a conocer con la debida anticipación a la ciudadanía, y estarán obligados a controlar la operatividad durante ese día. Para tal efecto, el Ministerio de Transporte permitirá los cambios de ruta que fueren necesarios durante el día de elecciones. Las empresas de transporte podrán realizar viajes ocasionales para la movilización de los ciudadanos en todas las rutas ... Artículo 20 . Sanciones . Las empresas de transporte que no cumplan con lo dispuesto en el presente decreto serán sancionadas por las autoridades competentes de conformidad con las normas que regulan la materia y en especial lo establecido en el artículo 48 de la Ley 336 de 1996, teniendo en cuenta que los vehículos que presten ese servicio y los ocupantes de los mismos, estarán protegidos por la póliza de seguros que el Estado tiene contratada con La Previsora S.A., Compañía de Seguros. Artículo 21 . Vigencia . Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de marzo de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro del Interior, Néstor Humberto Martínez Neira. El Ministro de Transporte, Gustavo Adolfo Canal Mora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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