La comisión deberá presentar al Congreso, por conducto del
Gobierno, el respectivo proyecto del Código de Comercio, a más tardar el primero de agosto de mil novecientos treinta y seis y sus miembros gozarán de un sueldo mensual de trescientos pesos ($300) Cada uno; tendrá un Secretario y un Mecanógrafo, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos (4150) y setenta pesos (470), respectivamente. El Gobierno suministrará a comisión los elementos necesarios para su instalación y funcionamiento.