Micelio

Artículo 3

Campo De Acción

Ley 1006 de 2006 · por la cual se reglamenta la profesión de Administrador Público y se deroga la Ley 5ª de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El ejercicio de la profesión de Administrador Público está constituido por los siguientes campos de acción:

a)

El desempeño de empleos para los cuales se requiere título profesional de Administrador Público de acuerdo en todo a lo dispuesto en la presente ley;

b)

La realización de estudios y proyectos de asesoría y consultoría para cualquier organismo de los sectores público y privado en materias de carácter estatal y de manejo de asuntos públicos;

c)

Diseño, dirección, ejecución de políticas, programas y proyectos propios del ámbito de lo público;

d)

El ejercicio de la docencia y la investigación cientí.ca en materias relacionadas con la profesión en instituciones de educación o de investigación;

e)

Las demás relacionadas con el desarrollo científico, social, económico y político sean inherentes al ejercicio de la profesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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