º. Las subpartidas 0603.10.10.90, 8441.80.00.00 y 8474.80.10.00 tendrán los desdoblamientos, descripciones y gravámenes ad valorem que a continuación se indican: Subpartida Descripción Gravamen % 0603.10.10.91 Los demás: Con tallo igual o menor que 30 cms. 5 99 Los demás 5 8441.80 Las demás máquinas y aparatos: 00.10 Máquinas y aparatos para la elaboración de productos higiénicos desechables de uso humano 5 00.90 Las demás 10 8474.80.10 Máquinas y aparatos para aglomerar, formar o moldear pastas cerámicas: 10 Plantas para la producción de ladrillos y tejas 5 90 Las demás 10
Decreto 1053 de 1995 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1053 de 1995 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.