Artíuclo 1686. No se pueden pedir alimentos i beneficio a un mismo tiempo. El deudor elejirá.
De la novación.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artíuclo 1686. No se pueden pedir alimentos i beneficio a un mismo tiempo. El deudor elejirá.
De la novación.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.