Micelio

Artículo 18

El Pago De Viáticos Y Gastos De Viaje De Los Empleados Pago De Viáticos Y Gastos De Viaje De Los Empleados Intendenciales En Comisión

Decreto 3646 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones, supresiones y adiciones el Acuerdo número 006 del 15 de noviembre de 1983. expedido por el Consejo Intendencial de Casanare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El pago de viáticos y gastos de viaje de los empleados pago de viáticos y gastos de viaje de los empleados intendenciales en comisión. Solo podrán efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la cual se ordénenla Comisión y fije el término y objeto de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala respectiva. El empleador deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre, el cumplimiento de la comisión.

Parágrafo

No habrá lugar a viáticos cuando el desplazamiento se cumpla dentro del mismo día, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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