°. A partir del primero (1°) de enero del año 2005 regirá como Salario Mínimo Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural, la suma de trescientos ochenta y un mil quinientos pesos ($381.500) moneda corriente.
Decreto 4360 de 2004 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del Primero (1°) De Enero Del Año 2005 Regirá Como Salario Mínimo Legal Mensual Para Los Trabajadores De Los Sectores Urbano Y Rural, La Suma De Trescientos Ochenta Y Un Mil Quinientos Pesos ($381
Decreto 4360 de 2004 · por el cual se fija el salario mínimo legal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.