Micelio

Artículo 78

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 78

Comunicaciones por el Secretario General.

El Secretario General de las Naciones Unidas comunicará a todos los Estados pertenecientes a cualquiera de las cuatro categorías mencionadas en el artículo 74;

a)

las firmas de la presente Convención y el depósito de instrumentos de ratificación o adhesión, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 74, 75 y 76.

b)

la fecha en que entre en vigor la presente Convención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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