Micelio

Artículo 3

Ley 31 de 1917 · “sobre enseñanza técnica industrial, que adiciona la ley 32 de 1911.”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director de la Escuela Central de Artes y Oficios llevará una cuenta comprobada de las compras que haga de materia prima de trabajo para la Escuela.

Las máquinas, herramientas o mobiliario que se fabriquen con dicha materia prima, se anotarán en el inventario de los bienes del Establecimiento. Si de acuerdo con el Ministro de Instrucción Pública se hiciere cualquiera obra venal, el producto se invertirá en nueva materia prima de trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1917