Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1278 de 1994 · por el cual se modifica la Estructura Orgánica y Funciones del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras-INAT-, antes Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras-HIMAT-

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Composición. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras -INAT-, estará integrada por

1.

El Ministro de Agricultura o su delegado, quien la presidirá.

2.

El Ministro del Medio Ambiente o su delegado.

3.

El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -Incora- o su delegado.

4.

El Presidente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero o su delegado.

5.

El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA- o su delegado.

6.

El Director del Departamento Nacional del Planeación o su delegado, y

7.

Un representante de Federiego.

Parágrafo

El Director General del INAT asistirá con voz pero sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1278 de 1994