Micelio

Artículo 4

Funciones Del Registro De Deudores Alimentarios Morosos

Ley 2097 de 2021 · Por medio de la cual se crea el registro de deudores alimentarios morosos (redam) y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones del Registro de Deudores Alimentarios Morosos son:

1.

Llevar un registro de los deudores alimentarios morosos.

2.

Expedir gratuitamente los certificados a través de página web, que soliciten las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas.

Estos certificados deberán contener como mínimo la información contemplada en el artículo 5° de la presente ley.

Parágrafo

Los certificados contemplados en el numeral 2 del presente artículo, tendrán una validez de tres (3) meses y podrán expedirse por medio de documento en físico o por plataformas tecnológicas o virtuales que permitan que este sea expedido con celeridad y practicidad para el ciudadano. El Gobierno nacional reglamentará la materia, respetando en todo caso lo contemplado en las Leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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