° La modalidad nacional que se adopte para la realización del Sorteo Iberoamericano de Loterías estará sujeta a las pautas y reglas particulares que a continuación se expresan
Aporte de derechos. Cada una de las entidades asociativas podrá utilizar uno o más de los derechos que tengan en explotación; Se entenderá como derecho la capacidad jurídica de celebrar un sorteo extraordinario anual en los términos legales y reglamentarios vigentes sobre la materia;
Fecha anual. El Sorteo Iberoamericano se cumplirá, anualmente, el día 12 de octubre;
Emisión. Todo derecho que ejercite para realizar el antedicho sorteo dará lugar al empleo de la siguiente modalidad de emisión: Billetería con numeración continua y progresiva entre el 00000 y el 99999, con un máximo de emisión de 20 series, para un total de 2.000.000 de billetes. Estos no podrán ser divididos en más de 10 fracciones cada uno.