Artículo único . Declárase rescindido el contrato de 15 de diciembre de 1874, celebrado con el señor Carlos S. Brown, sobre construccion de un ferrocarril entre el puerto de Buenaventura i el rio Cauca. Esta rescisión surte sus efectos desde esta fecha; pero se comunicará al contratista por conducto del Cónsul jeneral en New-York.
Decreto 284 de 1875 →Vigente
Artículo 1
Decreto 284 de 1875 · Por el cual se declara rescindido el contrato de 15 de diciembre de 1874, sobre construcción de un ferrocarril entre el puerto de Buenaventura i el río Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.