Micelio

Artículo 9

Decreto 4116 de 2004 · por el cual se reglamenta la Ley 903 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Cambio de servicio de público a particular . A partir de la publicación de este decreto, los propietarios de vehículos tipo taxi, podrán solicitar ante el Organismo de Tránsito y Transporte donde se encuentre registrado el automotor, el cambio de servicio de público a particular, el cual implica el cambio de la licencia de tránsito y de las placas, siempre y cuando el vehículo tenga una antigüedad en el servicio público, mínima de cinco (5) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4116 de 2004