º Los empleados públicos que a la fecha de promulgación del presente Decreto se encuentren vinculados a la planta de personal de la organización electoral en empleos de carrera, podrán solicitar su inscripción en la misma, en un plazo máximo de un (1) año, contado a partir de su vigencia, siempre que acrediten las condiciones señaladas en el Decreto reglamentario 583 de 1984 y conforme al procedimiento establecido en esta disposición.
Artículo 1
Los Empleados Públicos Que A La Fecha De Promulgación Del Presente Decreto Se Encuentren Vinculados A La Planta De Personal De La Organización Electoral En Empleos De Carrera, Podrán Solicitar Su Inscripción En La Misma, En Un Plazo Máximo De Un (1) Año, Contado A Partir De Su Vigencia, Siempre Que Acrediten Las Condiciones Señaladas En El Decreto Reglamentario 583 De 1984 Y Conforme Al Procedimiento Establecido En Esta Disposición
Decreto 1488 de 1986 · por el cual se reglamenta el artículo 8° del Decreto-ley número 1487 de mayo de 1986.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.